Por Piero
Ghezzi.
El MEF envió hace unos días al Congreso de la
República un proyecto de ley para el establecimiento de una regla fiscal contracíclica.
Esta regla contribuirá a seguir consolidando la institucionalidad
macroeconómica.
Las reglas fiscales tienen dos objetivos relevantes
para países como el Perú. Primero, eliminar la pro-ciclicalidad natural de la
política fiscal. En países como el nuestro, donde los ingresos fiscales
dependen de los volátiles precios de las materias primas, la política fiscal
tiende a exacerbar el ciclo: se gasta más cuando los ingresos fiscales son
altos, y menos cuando son bajos. Una regla fiscal contracíclica ayudaría a
suavizar los ciclos. Segundo, mejorar la asignación de recursos
públicos. La regla implícitamente determina el nivel del gasto público. Eso
centra la discusión en cómo gastar.
La regla es una progresión natural en la política
fiscal, que ha venido fortaleciéndose en los últimos años. Pero el
establecimiento formal de la regla no será suficiente. Lo más importante es que
la sociedad la perciba como valiosa. Que esto ocurra dependerá en gran
medida de la labor de divulgación del MEF.
¿Qué
ventajas tiene la regla fiscal contemplada por el MEF?
Al comienzo de cada administración el gobierno
anunciará un objetivo de balance estructural, que no debe exceder a un déficit
de 1% del PBI, para el Sector Publico No Financiero. El gobierno, ayudado
por un Consejo Fiscal independiente, estimará también los “ingresos
estructurales” (aquellos que prevalecerían si la economía estuviera en pleno
empleo y los precios de nuestras materias primas en su nivel de largo
plazo). Dado el balance estructural, y una vez sustraídos los ingresos
estructurales, los resultados de las empresas públicas y el pago de intereses,
se obtiene el gasto no financiero del gobierno.
La decisión del MEF de tener un déficit máximo de 1%
(en lugar de un superávit como sugirió en su momento el FMI) es correcta. En
primer lugar, dados los déficits en infraestructura, educación, salud y capital
humano en el país, el retorno sobre el gasto en esos sectores debería exceder
los costos de financiamiento. En segundo lugar, el Perú ya ahorró bastante.
Según el BCR, la deuda bruta del sector público es 18.3% del PBI y la neta (una
vez descontados los depósitos del sector público) es sólo 2.1%.
En tercer lugar, un déficit de 1% es absolutamente
consistente con mantener la credibilidad en los mercados internacionales. La
variable más relevante para medir solvencia fiscal es el ratio de deuda a PBI.
El numerador (la deuda) aumenta con el déficit fiscal, y el denominador (el
PBI) con el crecimiento. Si la economía crece, un déficit fiscal pequeño puede
resultar en un ratio deuda a PBI decreciente. La regla misma trae sus
propios mecanismos de ajuste. Se puede probar que la deuda pública
convergerá a un nivel igual al ratio del déficit fiscal sobre el crecimiento
nominal. Por ejemplo, si el déficit estructural es 1% y el PBI nominal crece 8%
(crecimiento real de 5.5% e inflación de 2.5%), la deuda convergería a 12.5%
del PBI (1%/8%).
La regla también tiene la ventaja de eliminar la
“regla de oro”, que existe en la Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal.
Según ésta, el gasto corriente está limitado pero el de capital no. Eso era
entendible en el pasado. Sin embargo, la realidad ha cambiado. En primer
lugar, la inversión pública (como porcentaje del PBI) se ha duplicado en los
últimos años. En segundo lugar, la inversión necesita gasto corriente para
operar: los hospitales necesitan médicos, y las escuelas profesores. En
tercer lugar, si bien el país tiene un déficit en infraestructura, el déficit
en capital humano es por lo menos igual.
¿Qué
limitaciones o problemas tiene la propuesta del MEF?
La propuesta tiene una de las limitaciones típicas
de las reglas fiscales: la dificultad práctica de medir los ingresos
estructurales. La relación entre precios de materias primas y PBI e ingresos
fiscales es inestable. Asimismo, el precio de largo plazo de las materias
primas es incierto.
Por ejemplo, mientras que en el Perú se considera
que la diferencia entre el balance estructural y el balance definido
convencionalmente es 1.1pp del PBI, en Chile se considera que los dos balances
coinciden. La diferencia se debe a que en el Perú se asume que los precios
actuales de las materias primas están por encima de su equilibrio de largo
plazo, y en Chile se asume que están muy cerca a su nivel de equilibrio.
La segunda limitación de la regla es que, por
dificultades políticas entendibles, no ata las transferencias del canon a una
medición de ingreso estructural. Las transferencias deben ser menores,
reflejando la menor recaudación, pero más predecibles, basadas en los precios
de mediano plazo de las materias primas. Ello permitiría una mejor
planificación en los ámbitos local y regional, y complementaría el fondo
anunciado por el ministro Castilla.
Es fundamental complementar el cuánto gastar que
está implícito en la regla con el cómo gastarlo. La regla debe ser la columna
vertebral que permita reducir la inercia presupuestal y hacer una apuesta mayor
hacia la educación, salud, seguridad etc. Pero a su vez debería ser
complementada con medidas proactivas para mejorar la eficiencia del gasto. Por
ejemplo, el MEF podría determinar un número de indicadores para medir los
objetivos sectoriales. Luego, podría estimar los costos necesarios para obtener
dichos objetivos (que no necesariamente coinciden con los presupuestos
asignados). De esta manera, se mejoraría tanto la asignación del presupuesto
como la medición de resultados de la metodología de “presupuesto por
resultados” que se utiliza actualmente.
En síntesis, el proyecto de ley para implementar una
regla fiscal contracíclica presentado por el MEF es muy valioso. Para
fortalecerla, deberían darse pasos simultáneos y complementarios y hacerla,
así, aceptada por todos.
Publicado el
26 de setiembre del 2013 en Gestión.
No hay comentarios:
Publicar un comentario